Participación Ciudadana pide cumplir con la paridad de género en los binomios presidenciales
La Corporación Participación Ciudadana (CPC), dirigida por Ruth Hidalgo, extendió este 24 de mayo del 2023 un llamado a las organizaciones políticas para que sus binomios presidenciales cumplan con el principio de paridad de género.
“Si algo necesitan estas elecciones es un pacto ético para frenar la violencia política, garantizar la equidad y la transparencia. Los derechos de participación de las mujeres no son negociables. Es la ley”, expresó Hidalgo en Twitter.
Para la CPC, la paridad de género es fundamental en todo proceso democrático. “La lucha por la paridad en el Ecuador ha sido lenta y difícil. Las reformas al Código de la Democracia del 2020 abrieron un camino para la participación política de la mujer de forma equitativa, que debe ser respetado y no vulnerado en estas elecciones”, indica en un comunicado.
En ese sentido, Participación Ciudadana exhorta a que se garantice la participación política de la mujer en el proceso electoral que se avecina. Pide que se cumpla con la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Electoral, en la que se establece la paridad de género para binomios presidenciales en estos comicios.
Esa norma señala: “La obligación de paridad en los binomios presidenciales se cumplirá a partir de las elecciones subsiguientes a las elecciones generales posteriores a la vigencia de la presente Ley”.
Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el 23 de mayo, entre otros documentos, el Reglamento específico para las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas. Este establece, en el caso del binomio de Presidente y Vicepresidente, que “las candidaturas se integrarán con la participación de personas de diferente o del mismo sexo”.
La CPC dice que la interpretación del CNE supone un retroceso y vulnera los derechos de participación política de la mujer.
Por eso Participación Ciudadana hace un llamado a las organizaciones políticas a que “independientemente de lo acordado con el CNE cumplan con la equidad de género, con responsabilidad. ¡La democracia se fortalece con la participación de más mujeres!”.
El artículo 11 del Reglamento habla sobre las reglas de participación política. Determina que los derechos de participación política de hombres y mujeres se rigen por el principio de igualdad y no discriminación, que se aplicarán de acuerdo a cuatro reglas:
a) En el caso del binomio de Presidente y Vicepresidente, las candidaturas se integrarán con la participación de personas de diferente o el mismo sexo.
b) En el caso de la lista para elección de asambleístas nacionales, la organización política definirá que mujer u hombre encabece la misma.
c) En el caso de elecciones de asambleístas provinciales y de las circunscripciones especiales del exterior, del total de listas que la organización política inscriba a nivel nacional para estas dignidades, el 30% estarán encabezadas por mujeres.
d) En cada una de las listas para elecciones pluripersonales que la organización política inscriba, al menos el 25% incluirá a jóvenes sean hombres o mujeres.
e) Para verificar que se cumpla con los umbrales de edad de las candidaturas de jóvenes, sean hombres o mujeres, se tomará en cuenta la fecha de finalización de inscripción de candidaturas ante el Consejo Nacional Electoral o sus organismos desconcentrados.
Las organizaciones políticas deben definir sus precandidatos a través de procesos de democracia interna, que se deben ejecutar del 25 de mayo hasta el 7 de junio. La inscripción de candidaturas en el CNE iniciará el 28 de mayo. El listad oficial de candidaturas que superen todos los recursos contenciosos electorales se conocerá el 6 de agosto.