Betty Moreira, la administradora de una asociación pesquera que ‘puso en apuros’ al Consejo de Participación Ciudadana
La ciudadana manabita Betty Mercedes Moreira Marcillo “puso en aprietos” al actual Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) en su propósito de crear una veeduría ciudadana para evaluar la elección de los jueces de la Corte Constitucional que llevó a cabo el extinto CPCCS de Transición (CPCCS-T).
Betty Moreira, residente en Montecristi (Manabí) por “actividades laborales”, ganó una acción de protección que interpuso en la unidad judicial de esa jurisdicción para crear una veeduría ciudadana cuyo objeto es “diagnosticar y evaluar las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del CPCCS-Transitorio, sobre la base de facultades extraordinarias que le fueron conferidas en virtud de la consulta popular del 2018″.
La mujer recurrió a este recurso porque en la anterior administración del CPCCS, con Gina Aguilar, el ex coordinador jurídico Julio Varas sugirió no conformar esa veeduría por la vigencia del dictamen interpretativo de la Corte Constitucional (CC) que blindó las actuaciones del Consejo transitorio que presidió Julio César Trujillo (+).
El pedido lo presentaron Moreira y José Antonio García Vallejo en un documento fechado el 12 de mayo de 2023 en Portoviejo, dos días antes de que se posesionaran en sus cargos los siete vocales del CPCCS, organismo que preside Alembert Vera.
Moreira, oriunda de Portoviejo y de 51 años, se identificó como administradora de la Asociación de Producción Pesquera Procesamiento del Mar Las Gilses (Asoproglimar) ; mientras que José García Vallejo es un abogado en libre ejercicio que años atrás habría desempeñado varios cargos públicos.
Su pedido de conformar esta veeduría no tuvo respuesta afirmativa en el CPCCS. El 17 de mayo, Mirtha Macías, coordinadora provincial de Manabí, les informó que no se sugería integrar esta veeduría porque el dictamen constitucional “es claro en indicar que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social definitivo (…) no goza de autotutela para revisar las decisiones tomadas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio”.
Pero Moreira insistió en su intención y, en julio pasado, ingresó el pedido de acción de protección porque se habían afectado sus derechos.
El proceso se tramitó en el despacho del juez de la Unidad Judicial de Montecristi Leiver Quimís, y a él Moreira le detalló que el acto administrativo del CPCCS inobservó los principios fundamentales y los derechos constitucionales reconocidos en el ordenamiento jurídico y diversos tratados internacionales.
Acusó que el criterio jurídico sugiere no conformar la veeduría porque el dictamen no da autotutela al Consejo definitivo para revisar las decisiones del extinto Consejo transitorio, siendo una “decisión autoritaria y discriminatoria, y claramente carece de motivación alguna”.
Entre otras afectaciones, alegó el derecho a la igualdad, a la seguridad jurídica y a la participación ciudadana.
Pidió al juez que se ordene al CPCCS conformar la veeduría, que se dé el acompañamiento y supervisión técnica y asigne los recursos económicos necesarios para garantizar la logística, el adecuado funcionamiento de la veeduría con sus integrantes y que, en caso de no contar con fondos disponibles, se solicite al Ministerio de Finanzas la inmediata asignación.
Además, que se disponga y prevenga a cualquier autoridad y al personal de la entidad demandada o de cualquier otra institución para que se abstenga de realizar cualquier tipo de acto que impida la creación y las actividades de la veeduría ciudadana o genere cualquier tipo de hechos en contra de los accionantes del recurso y que se advierta de las sanciones por incumplimiento de su mandato.
Después de una extensa argumentación del juez Quimís, en la que “analizó y verificó la violación del derecho” de Moreira, y para garantizar el derecho de participación de los ciudadanos reclamado por la accionante a través de las respectivas veedurías de control y fiscalización que establece la Constitución, así como los derechos garantizados dentro de los tratados y convenios de derechos humanos, admitió el recurso.
Además, acogió las medidas de reparación que planteó la demandante.
Con esto, el CPCCS convocó a la ciudadanía a inscribirse entre el 4 y 11 de septiembre.
El proceso no puede detenerse, informó el presidente del Consejo de Participación Ciudadana, Alembert Vera, pese a la decisión de la Corte Constitucional de activar la fase de seguimiento de cumplimiento de su dictamen interpretativo del 2019, al conocer estos actos.
Vera pidió a la Corte que dirima sobre el fallo de Quimís, pues si lo incumplen se exponen a una posible destitución y a incurrir en un delito por incumplir orden legítima de autoridad competente.
Los jueces constitucionales analizan el proceso. Como primer paso, solicitaron información al CPCCS para conocer qué acciones tomaron para garantizar el cumplimiento de su dictamen.
No obstante, si concluyen que se ha incumplido, la Constitución y la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Social permite a la CC emitir sanciones.
Por ejemplo, el artículo 22 de la ley dispone que en el caso de violación al trámite de garantías constitucionales o incumplimiento de la sentencia o acuerdo preparatorio, un juez podrá ordenar el inicio del procedimiento para su eventual destitución y, en el caso de destitución del servidor omiso, el remplazo debe cumplir el fallo bajo las mismas prevenciones.
Esto, mientras se integró un tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí para conocer los recursos de apelación que presentó la Procuraduría General del Estado y el Consejo de Participación Ciudadana al fallo de Quimís.
El proceso recayó en la Sala de lo Penal, Penal Militar, Policial y Tránsito de la Corte de Justicia, conformada por las juezas María Miranda, Carmita García y Gina Morán.
Por el momento, desde el CPCCS no se ha informado de registros de ciudadanos inscritos para formar parte de esta veeduría. (I)